ALERTA DEL CAMPO ANTE EL AVANCE DEL “ECOCIDIO” EN EL SENADO
CRA advirtió que el proyecto podría generar incertidumbre jurídica para productores y empresas agropecuarias
La posibilidad de que el Senado de la Nación trate próximamente un proyecto que incorpora la figura del denominado “ecocidio” al Código Penal encendió una señal de alerta en el sector agropecuario.
La preocupación fue planteada por Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), luego de que la Fundación Barbechando advirtiera sobre la posibilidad de que la iniciativa sea incluida en el temario de la próxima sesión de la Cámara alta.
El proyecto obtuvo dictamen favorable en junio en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado, y propone crear dentro del Código Penal un nuevo título referido a los “Delitos contra el ambiente”.
La iniciativa es impulsada principalmente por la senadora radical por Chubut Edith Terenzi y establece una figura de ecocidio vinculada con daños considerados irreversibles, extensos, duraderos o especialmente graves sobre el ambiente, cuando se produzcan en violación de la normativa vigente.
Entre sus disposiciones contempla penas de prisión de entre 3 y 15 años, que podrían elevarse hasta los 25 años en determinadas circunstancias agravantes.
LA PREOCUPACIÓN DEL SECTOR AGROPECUARIO
Desde CRA señalaron que la protección del ambiente es un objetivo que el sector productivo comparte, pero cuestionaron la forma en que se pretende incorporar esta nueva figura penal.
La entidad manifestó su preocupación por la utilización de conceptos que considera ambiguos o sujetos a diferentes interpretaciones, entre ellos “daño ambiental irreversible”, “equidad intergeneracional” y “afectación multiecosistémica”.
Para los dirigentes rurales, la falta de parámetros objetivos podría generar situaciones de incertidumbre para productores, empresas y responsables de establecimientos agropecuarios, especialmente frente a actividades productivas que necesariamente implican una intervención sobre los recursos naturales.
CRA advirtió que una legislación penal debe establecer con absoluta precisión cuáles son las conductas consideradas delictivas y cuáles son las penas correspondientes.
En ese sentido, sostuvo que una norma con definiciones imprecisas podría entrar en tensión con el principio de legalidad establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que constituye una garantía frente al poder punitivo del Estado.
“NO HACE FALTA CREAR NUEVOS DELITOS”
Otro de los cuestionamientos centrales de CRA es que la Argentina ya dispone de un amplio marco legal destinado a prevenir y sancionar los daños ambientales.
La entidad recordó la existencia de la Ley General del Ambiente, la Ley de Residuos Peligrosos y numerosas normas provinciales, que establecen mecanismos de prevención, reparación y sanción.
Por ese motivo, considera que el principal desafío no pasa necesariamente por incorporar nuevas figuras penales, sino por hacer cumplir de manera efectiva la legislación ambiental que ya se encuentra vigente.
La discusión adquiere especial importancia para el sector agropecuario, que observa con atención cualquier modificación del Código Penal que pueda alcanzar directa o indirectamente a las actividades productivas.
UN DEBATE QUE LLEGA AL CAMPO
El proyecto plantea así un debate que excede la cuestión ambiental y alcanza directamente a la actividad económica y productiva.
Mientras sus impulsores sostienen la necesidad de contar con herramientas penales más contundentes frente a daños graves contra el ambiente, las entidades rurales reclaman que cualquier nueva legislación establezca criterios claros, objetivos y jurídicamente previsibles.
La posibilidad de que la iniciativa sea debatida en el Senado coloca nuevamente al sector agropecuario frente a un tema que considera de especial trascendencia: cómo proteger el ambiente sin transformar la incertidumbre jurídica en un nuevo riesgo para quienes producen.
La discusión parlamentaria será, en definitiva, la instancia en la que deberá determinarse si el proyecto logra alcanzar un equilibrio entre la necesaria protección ambiental y las garantías constitucionales que deben regir cualquier norma de carácter penal.
