Hay decisiones jurídicas que pueden parecer lejanas para quien todos los días está arriba de un tractor, recorriendo un lote, controlando una hacienda o tratando de cerrar los números de una campaña.
Pero algunas de esas decisiones terminan llegando directamente al campo.
La reciente reactivación del artículo 154 del DNU 70/2023 vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que durante años generó debate en la Argentina: la posibilidad de que extranjeros puedan adquirir tierras rurales sin las restricciones específicas que establecía la Ley de Tierras Rurales.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal, además de otras restricciones.
En diciembre de 2023, el artículo 154 del DNU 70 derogó esa legislación.
La medida fue judicializada y su aplicación quedó frenada durante un período.
Ahora, la Corte Suprema revocó aquella sentencia.
Pero hay una precisión importante: la Corte no declaró constitucional al artículo 154 ni resolvió de fondo la discusión sobre las facultades del Poder Ejecutivo para derogar la Ley de Tierras mediante un DNU. Su decisión estuvo vinculada con una cuestión procesal relacionada con la legitimación de quien había promovido la demanda.
Sin embargo, el efecto práctico es significativo: la derogación de la Ley de Tierras vuelve a quedar operativa.
Y para el sector agropecuario, esto merece una mirada especial.
Argentina necesita inversiones.
Necesita capital, tecnología, infraestructura y nuevos proyectos productivos.
Un inversor extranjero puede aportar recursos, incorporar maquinaria, mejorar instalaciones, generar empleo y dinamizar una economía regional.
Desde ese punto de vista, la apertura puede generar oportunidades.
Pero existe otra cuestión que no puede ignorarse.
La tierra es un recurso finito.
Argentina puede aumentar sus rindes, mejorar la tecnología y producir más sobre la misma superficie.
Pero no puede fabricar nuevas hectáreas.
Y por eso resulta necesario saber quién compra, qué superficie adquiere, dónde está ubicada y qué actividad pretende desarrollar.
También hay una cuestión especialmente sensible para el productor argentino: el acceso a la tierra de las nuevas generaciones.
Si la llegada de capitales con mayor capacidad financiera genera aumentos importantes en el valor de los campos, puede beneficiar al propietario que vende, pero dificultar la posibilidad de compra para un joven productor que quiere comenzar o ampliar su explotación.
El campo argentino tiene miles de historias familiares detrás.
Generaciones que heredaron, compraron, trabajaron y fueron ampliando sus establecimientos.
Por eso, discutir la propiedad rural también significa discutir qué posibilidades tendrán los productores argentinos para continuar esa tradición.
Y hay otro aspecto que merece atención.
No todas las tierras tienen la misma importancia estratégica.
No es lo mismo un establecimiento agrícola en una zona tradicionalmente productiva que una gran extensión ubicada cerca de una frontera, de un recurso hídrico estratégico o en una región con características ambientales particulares.
Por eso, si se abre la puerta a una mayor participación del capital extranjero, también debería existir información transparente y actualizada sobre la propiedad rural.
Saber quién compra.
Cuánto compra.
Dónde compra.
Y para qué lo compra.
Esto no significa necesariamente impedir una operación.
Significa conocerla.
El productor agropecuario, además, sabe muy bien que trabajar con incertidumbre tiene un costo.
Cada campaña requiere planificación, inversión y riesgo.
Semillas, fertilizantes, maquinaria, combustible, financiamiento y meses de espera hasta obtener el resultado.
Por eso el campo necesita reglas claras y previsibles.
La discusión sobre las tierras rurales debería seguir la misma lógica.
Argentina necesita inversión extranjera.
Pero también necesita cuidar su capacidad de conocer y administrar estratégicamente un recurso que no puede multiplicarse.
La apertura puede traer capital, tecnología y producción.
Pero también genera interrogantes sobre concentración, valor de la tierra y acceso de nuevos productores.
Por eso, quizás la pregunta más importante no sea simplemente si los extranjeros pueden comprar tierras argentinas.
La verdadera pregunta es:
¿Bajo qué condiciones, con qué controles y para qué proyecto productivo?
Porque detrás de cada hectárea hay mucho más que un precio.
Hay producción.
Hay trabajo.
Hay familias.
Hay pueblos.
Hay economías regionales.
Y hay un territorio que no puede trasladarse.
La reactivación del artículo 154 debería ser, entonces, una oportunidad para discutir seriamente qué campo quiere la Argentina.
Un campo abierto a la inversión y a la tecnología, pero con reglas claras, información transparente y posibilidades también para las nuevas generaciones de productores.
Porque al final, la discusión no es solamente quién puede comprar la tierra argentina.
La discusión es qué queremos que produzca esa tierra y qué futuro queremos construir sobre ella.








