{"id":23674,"date":"2023-12-21T11:39:09","date_gmt":"2023-12-21T14:39:09","guid":{"rendered":"http:\/\/informeagropecuario.com.ar\/?p=23674"},"modified":"2023-12-21T11:39:09","modified_gmt":"2023-12-21T14:39:09","slug":"ley-de-tierra-yerba-mate-ley-laboral-huelgas-y-economias-regionales-las-principales-desregulaciones-de-milei-para-el-campo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/?p=23674","title":{"rendered":"Ley de tierra, yerba mate, ley laboral, huelgas y econom\u00edas regionales: las principales desregulaciones de Milei para el campo"},"content":{"rendered":"<p>El Presidente firm\u00f3 un decreto de necesidad y urgencia para liberar el mercado y las restricciones que afectan a la producci\u00f3n<!--more--><\/p>\n<div id=\"body-1\" class=\"body-1 mt-20\">\n<p>El presidente Javier Milei firm\u00f3 el Decreto 70\/2023 que establece una serie de<strong>\u00a0desregulaciones para el mercado.<\/strong>\u00a0En las m\u00e1s de 80 p\u00e1ginas que se extiende la medida,\u00a0hay art\u00edculos con fuerte injerencia en el agro.<\/p>\n<p>Dentro de las principales desregulaciones se encuentran las\u00a0<strong>derogaciones de leyes como la pol\u00edtica vitivin\u00edcola, la actividad algodonera, ley de warrants, yerba mate, regulaciones laborales<\/strong>, entre otras. Durante la argumentaci\u00f3n, el presidente expres\u00f3 en el decreto: \u201cEl sector agropecuario debe ser un factor esencial para salir de la emergencia que se ha descrito y para ello es necesaria una fuerte liberaci\u00f3n de la actividad\u201d.<\/p>\n<h2>Ley de warrants<\/h2>\n<p>El decreto deroga diferentes art\u00edculos de la Ley N\u00b0 9.643. Adem\u00e1s, establece una modificaci\u00f3n en el art\u00edculo 1 que fija que las operaciones de cr\u00e9dito mobiliario sobre frutos o productos agr\u00edcolas, ganaderos, forestales, mineros o de manufacturas, depositados en almacenes fiscales o de terceros, ser\u00e1n hechas por medio de \u201ccertificados de dep\u00f3sito\u201d y \u201cwarrants\u201d expedidos de acuerdo con las disposiciones de esta ley y en la forma que reglamente el Poder Ejecutivo.\u201d<\/p>\n<p>Por otra parte, elimina los art\u00edculos que se\u00f1alan la prohibici\u00f3n a las empresas de dep\u00f3sito efectuar operaciones de compraventa de frutos o productos de la misma naturaleza de aquellos a que se refieren los \u00abcertificados de dep\u00f3sito\u00bb o \u00abwarrants\u00bb que emitan. Tambi\u00e9n se elimina la prohibici\u00f3n de almacenar en un mismo local o en locales contiguos mercader\u00edas susceptibles de alterarse rec\u00edprocamente.<\/p>\n<p>En el mismo punto, el decreto deroga el art\u00edculo 26 que elimina: \u201cSin perjuicio de su renovaci\u00f3n total o parcial, el \u00abwarrant\u00bb s\u00f3lo produce efectos a los fines de su negociaci\u00f3n, durante los 6 (seis) meses siguientes a la fecha de su emisi\u00f3n\u201d. La derivaci\u00f3n alcanza al art\u00edculo 29 que exonera del impuesto de patente a los dep\u00f3sitos autorizados a emitir \u00abwarrants\u00bb que se establezcan en jurisdicci\u00f3n nacional, dentro de los dos a\u00f1os de promulgada esta ley.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, establece nuevas declaraciones que deben realizar las empresas para registrarse. Al mismo tiempo, alcanza la emisi\u00f3n de \u201ccertificados de dep\u00f3sito\u201d y \u201cwarrants\u201d, por frutos o productos depositados.<\/p>\n<h2>Leyes laborales<\/h2>\n<p>En este segmento el DNU establece diferentes modificaciones y derogaciones como la indemnizaci\u00f3n, la relaci\u00f3n laboral entre monotributistas, un mayor periodo de pruebas, entre otros puntos. Sin embargo, a partir del decreto la Ley N\u00b0 20.744 deja de tener injerencia en el sector agropecuario.<\/p>\n<p>A partir de ahora, los trabajadores rurales se regir\u00e1n por las propias modalidades del R\u00e9gimen de Trabajo Agrario. Dentro de la Ley N\u00b0 26.727 se estableci\u00f3 que el empleador podr\u00e1 contratar a la persona sugerida o a cualquier otra que disponga.<\/p>\n<p>\u201cQueda derogada toda norma que se oponga al presente art\u00edculo y\/o a la libertad de contrataci\u00f3n y elecci\u00f3n del personal por parte del empleador\u201d, destaca el decreto.<\/p>\n<h2>Servicios esenciales y derecho a huelga<\/h2>\n<p>El DNU que firm\u00f3 Javier Milei establece que determinadas actividades econ\u00f3micas son consideradas esenciales o de importancia, por lo tanto, nunca puede haber un paro total de los trabajadores. \u201cEn lo que respecta a la prestaci\u00f3n de servicios m\u00ednimos, en el caso de los servicios esenciales, en ning\u00fan caso podr\u00e1 negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75 % de la prestaci\u00f3n normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ning\u00fan caso se podr\u00e1 negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50 %\u201d se\u00f1ala el DNU.<\/p>\n<\/div>\n<div id=\"body-2\">\n<div id=\"body-2\" class=\"body-2 mt-20\">\n<p>En estas actividades se incluyen los servicios aduaneros y migratorios, y dem\u00e1s vinculados al comercio exterior;\u00a0 dentro de los esenciales. Al mismo tiempo, se consideran actividades de importancia trascendental al transporte mar\u00edtimo, fluvial, terrestre y subterr\u00e1neo de personas o mercader\u00edas a trav\u00e9s de los distintos medios que se utilicen para tal fin; Industria alimenticia en toda su cadena de valor y la producci\u00f3n de bienes o servicios de toda actividad, que estuvieran afectados a compromisos de exportaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>C\u00f3digo aduanero<\/h2>\n<p>El DNU incluye la eliminaci\u00f3n del registro de exportadores e importadores, la digitalizaci\u00f3n de los tr\u00e1mites, redise\u00f1o de los procesos de retiro de mercader\u00eda y autorizar la declaraci\u00f3n anticipada. Tambi\u00e9n elimina la posibilidad de imponer prohibiciones de importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 142 proh\u00edbe las restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos econ\u00f3micos. Solo se podr\u00e1n realizar por Ley. Llama econ\u00f3micas a asegurar un adecuado ingreso para el trabajo nacional o combatir la desocupaci\u00f3n; ejecutar la pol\u00edtica monetaria, cambiaria o de comercio exterior; promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, as\u00ed como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o vegetales;\u00a0 estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno;\u00a0 atender las necesidades de las finanzas p\u00fablicas;\u00a0 proteger los derechos de la propiedad intelectual, industrial o comercial; resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las pr\u00e1cticas que pudieren inducir a error a los consumidores.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n incluye motivos para prohibir las exportaciones. En este punto, el art\u00edculo 144 fija como argumentos v\u00e1lidos: afirmaci\u00f3n de la soberan\u00eda nacional o defensa de las instituciones pol\u00edticas del Estado; pol\u00edtica internacional; seguridad p\u00fablica o defensa nacional; salud p\u00fablica o sanidad animal o vegetal; protecci\u00f3n del patrimonio art\u00edstico, hist\u00f3rico, arqueol\u00f3gico o cient\u00edfico; conservaci\u00f3n de las especies animales o vegetales; preservaci\u00f3n del ambiente, conservaci\u00f3n de los recursos naturales y prevenci\u00f3n de la contaminaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Ley de tenencia de las tierras<\/h2>\n<p>El DNU deroga esta ley que entre sus art\u00edculos establece en el quince por ciento el l\u00edmite a toda titularidad de dominio o posesi\u00f3n de tierras rurales en el territorio nacional, respecto de las personas y supuestos regulados por este cap\u00edtulo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, limita la compra de tierra por extranjeros en un porcentaje determinado. \u201cLas tierras rurales de un mismo titular extranjero no podr\u00e1n superar las mil hect\u00e1reas en la zona n\u00facleo, o superficie equivalente, seg\u00fan la ubicaci\u00f3n territorial\u201d, establece la ley que fue derogada.<\/p>\n<h2>Ley elaboraci\u00f3n de vinos<\/h2>\n<p>Se eliminan las normas que rigen los contratos de elaboraci\u00f3n de vinos por los sistemas &#8216;contrato de elaboraci\u00f3n por cuenta de terceros&#8217;, &#8216;a maquila&#8217; o por &#8216;cuenta del vi\u00f1atero&#8217;. Esta ley establece que los gobiernos provinciales fijan anualmente el precio m\u00e1ximo que deber\u00e1 pagar el vi\u00f1atero al elaborador por litro de vino en concepto de elaboraci\u00f3n, cuidado, conservaci\u00f3n y dep\u00f3sito.<\/p>\n<h2>Ley de az\u00facar<\/h2>\n<p>Se deroga la Ley N\u00b0 18.770 que establece un r\u00e9gimen de entregas de az\u00facar para consumo en el mercado interno.<\/p>\n<h2>Ley pol\u00edtica nacional vitivin\u00edcola<\/h2>\n<p>La normativa que se deroga establec\u00eda un conjunto de medidas para alcanzar la integraci\u00f3n vertical de las distintas etapas del proceso econ\u00f3mico vitivin\u00edcola; la diversificaci\u00f3n como medio de alentar la elaboraci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de todos los productos derivados de la vid; as exportaciones de todos los productos vitivin\u00edcolas; la formaci\u00f3n de un stock operativo de productos que permita mantener una pol\u00edtica exportadora a largo plazo; el fraccionamiento de todos los productos vitivin\u00edcolas, en el lugar de origen de la materia prima, a trav\u00e9s de exenciones impositivas, planes crediticios y tarifas especiales de transporte; la estabilizaci\u00f3n de las fluctuaciones econ\u00f3micas que afectan peri\u00f3dicamente el mercado interno, impidiendo no s\u00f3lo aumentar la tasa de crecimiento del producto generado por el sector, sino tambi\u00e9n alcanzar las metas previstas en los planes de desarrollo y seguridad; la adecuaci\u00f3n de la pol\u00edtica tributaria y crediticia a los objetivos se\u00f1alados, de manera que permita a la vitivinicultura nacional iniciar un proceso de cambio de estructuras.<\/p>\n<h2>Ley promoci\u00f3n industrial<\/h2>\n<p>Se deroga la ley que ten\u00eda como objetivo promover la expansi\u00f3n de la capacidad industrial del pa\u00eds, fortaleciendo la participaci\u00f3n de la empresa privada en este proceso.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"body-3\">\n<div id=\"body-3\" class=\"body-3 mt-20\">\n<h2>Ley de la industria vitivin\u00edcola<\/h2>\n<p>El DNU deroga la ley que fija para cada a\u00f1o el cupo nacional de producci\u00f3n de vino, que ser\u00e1 la cantidad total de vino a producir con la uva correspondiente al per\u00edodo en consideraci\u00f3n. \u201cEl cupo se anticipar\u00e1 en forma provisoria anualmente antes del 1 de agosto del a\u00f1o anterior a la vendimia, y se fijar\u00e1 en forma definitiva antes del 1 de diciembre del mismo a\u00f1o. Para su determinaci\u00f3n, la Autoridad de Aplicaci\u00f3n estimar\u00e1 el consumo interno y las exportaciones, as\u00ed como la proyecci\u00f3n prevista para ambos mercados; deducir\u00e1 de esta estimaci\u00f3n las existencias remanentes de ejercicios anteriores y agrega una reserva de previsi\u00f3n no superior al veinte por ciento (20 %) del consumo interno estimado\u201d, fija la ley.<\/p>\n<h2>Ley r\u00e9gimen de envasado en origen de la yerba mate<\/h2>\n<p>Esta ley, que se derog\u00f3, ten\u00eda como objeto promover la radicaci\u00f3n y creaci\u00f3n de los establecimientos necesarios para la instauraci\u00f3n de un R\u00e9gimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la regi\u00f3n productora.<\/p>\n<h2>Ley olivicultura<\/h2>\n<p>Se deroga la ley que cre\u00f3 la Corporaci\u00f3n Nacional de Olivicultura, con sede en la ciudad de San Juan. Ten\u00eda como objeto fomentar en todos los aspectos el cultivo del olivo y su industrializaci\u00f3n, y propender a la comercializaci\u00f3n de sus productos; realizar la planificaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica de la producci\u00f3n e industrializaci\u00f3n del olivo y sus productos; realizar estudios e investigaciones para determinar los factores de mayor preponderancia t\u00e9cnica y econ\u00f3mica en el progreso oliv\u00edcola; entre otros puntos.<\/p>\n<h2>Ley alimentaci\u00f3n de ganado<\/h2>\n<p>Esta legislaci\u00f3n, que se derog\u00f3, regulaba los envases para productos destinados a la alimentaci\u00f3n de ganado. Establec\u00eda que se deber\u00eda comercializar en envases nuevos y de \u00fanico uso.<\/p>\n<h2>Ley algod\u00f3n<\/h2>\n<p>Esta ley, que se derog\u00f3, plante\u00f3 que se regulan todas las actividades relacionadas con el cultivo, desmonte, comercializaci\u00f3n e industrializaci\u00f3n del algod\u00f3n, con excepci\u00f3n de aquellas expresamente contempladas en la legislaci\u00f3n laboral, previsional y crediticia y en los reg\u00edmenes de promoci\u00f3n industrial. Tambi\u00e9n, fijaba los aranceles a los que deber\u00e1n ajustarse los servicios que se presten.<\/p>\n<h2>Instituto Nacional de la Yerba Mate<\/h2>\n<p>El DNU le quita a la entidad la facultad de establecer un precio de la yerba canchada. De esta manera, sus nuevas funciones solo se limitan a promover y fortalecer el desarrollo de la producci\u00f3n, elaboraci\u00f3n, industrializaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n y consumo de la yerba mate y derivados en sus diferentes modalidades de consumo y usos, procurando proteger el car\u00e1cter competitivo de la industria.<\/p>\n<h2>Contratos en moneda extranjera<\/h2>\n<p>El DNU establece la libertad de contrataci\u00f3n. \u201cLas partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los l\u00edmites impuestos por la ley o el orden p\u00fablico. Las normas legales siempre son de aplicaci\u00f3n supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretaci\u00f3n restrictiva\u201d, destaca el decreto.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se fija que el deudor tiene la obligaci\u00f3n de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constituci\u00f3n de la obligaci\u00f3n, sea o no de curso legal en el pa\u00eds. El deudor s\u00f3lo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes.<\/p>\n<p><iframe src=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/1tpN09hDSFX_xl7hE3CuQgv5iwzUeLm_J\/preview\" width=\"640\" height=\"480\" data-mce-fragment=\"1\"><\/iframe><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Presidente firm\u00f3 un decreto de necesidad y urgencia para liberar el mercado y las<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":23675,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-23674","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23674","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=23674"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23674\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":23676,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/23674\/revisions\/23676"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/23675"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=23674"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=23674"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=23674"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}