{"id":24466,"date":"2024-06-30T12:48:53","date_gmt":"2024-06-30T15:48:53","guid":{"rendered":"http:\/\/informeagropecuario.com.ar\/?p=24466"},"modified":"2024-06-30T12:48:53","modified_gmt":"2024-06-30T15:48:53","slug":"las-siete-claves-de-los-cambios-en-ganancias-tras-la-sancion-del-paquete-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/?p=24466","title":{"rendered":"Las siete claves de los cambios en Ganancias tras la sanci\u00f3n del Paquete Fiscal"},"content":{"rendered":"<p class=\"description mainfont\">A partir de cu\u00e1ndo se empieza a pagar, cu\u00e1nto se incrementaron las deducciones, c\u00f3mo se actualizar\u00e1 de aqu\u00ed en m\u00e1s y qu\u00e9 pas\u00f3 con la deuda que se genera tras los cambios por el ejercicio de 2023.<!--more--><\/p>\n<p>Tras la\u00a0<strong>sanci\u00f3n de la Ley Bases y el Paquete Fiscal<\/strong>, hubo cambios significativos en la forma de liquidar el impuesto a las ganancias, sobre todo para los empleados en relaci\u00f3n de dependencia.<\/p>\n<div id=\"vsmcontent\" class=\"content vsmcontent mainfont\">\n<div id=\"element-body\">\n<p>Si bien a\u00fan falta la reglamentaci\u00f3n por parte de la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos, los vencimientos del tributo del ejercicio 2023 ya est\u00e1n fijados para fines de agosto.<\/p>\n<p>En lo que impacta sobre el ejercicio 2024, se ir\u00e1 practicando la liquidaci\u00f3n a los empleados mes a mes y luego de ajustar\u00e1 de surgir alg\u00fan cambio metodol\u00f3gico a partir de los meses en que haya mayor claridad tras la publicaci\u00f3n de los decretos reglamentarios del organismo.<\/p>\n<p>El contador Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, CEO de\u00a0<i>SDC Asesores Tributarios,<\/i>\u00a0acerca 7 claves del paquete Fiscal a tener en cuenta para practicar la liquidaci\u00f3n del tributo.<\/p>\n<p><strong>1. Derogaci\u00f3n del Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos con efecto retroactivo<\/strong><\/p>\n<p>Se deroga el impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relaci\u00f3n de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros en forma retroactiva al 1 de enero de 2024.<\/p>\n<p>Esto es posible dado que el impuesto a las ganancias es un impuesto de per\u00edodo fiscal anual y la reforma se realiza dentro del per\u00edodo 2024.<\/p>\n<p>Sin embargo, no es razonable que una medida de este tipo genere una deuda a los empleados que ya cobraron sus remuneraciones y le dieron un destino a las mismas, sobre todo en el contexto econ\u00f3mico actual.<\/p>\n<p>Para evitar parcialmente esto, el paquete fiscal contempla una deducci\u00f3n especial para que los empleados no deban tributar m\u00e1s de lo que hayan tributado desde el 1 de enero de 2024 hasta el \u00faltimo d\u00eda del mes inmediato anterior a la vigencia de la reforma por aplicaci\u00f3n del impuesto cedular.<\/p>\n<p>Si la ley es publicada en el Bolet\u00edn Oficial hasta el 30 de junio de 2024, la deducci\u00f3n especial corresponder\u00e1 respecto a las remuneraciones cobradas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2024.<\/p>\n<p>En cambio, si se publica en el Bolet\u00edn Oficial en julio de 2024, la deducci\u00f3n especial corresponder\u00e1 respecto a las remuneraciones cobradas entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2024.<\/p>\n<p><strong>2. Se incrementan las deducciones personales<\/strong><\/p>\n<p>Se incrementan las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%.<\/p>\n<p>No hay cambios respecto a la deducci\u00f3n especial para determinados jubilados y pensionados que se mantiene en 8 haberes m\u00ednimos garantizados<\/p>\n<p>El detalle de los incrementos es el siguiente:<\/p>\n<figure class=\"vsmimage\" contenteditable=\"false\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" id=\"imgv62168v15\" src=\"https:\/\/www.agrolatam.com\/files\/image\/55\/55021\/668030e39850e_724_262!.jpg?s=493d6cf3ee678e76b848a23a0c526443&amp;d=1719677158\" width=\"724\" height=\"262\" data-vsmid=\"55021\" data-owidth=\"1280\" data-oheight=\"464\" \/><\/figure>\n<p>Por otro lado, se incorpora una nueva deducci\u00f3n equivalente a la doceava parte de la sumatoria de las deducciones por ganancia no imponible, cargas de familia y deducci\u00f3n especial para empleados en relaci\u00f3n de dependencia y jubilados.<\/p>\n<p>Esta deducci\u00f3n tiene como objetivo contemplar una deducci\u00f3n adicional para el aguinaldo.<\/p>\n<p>El incremento de las deducciones personales es una mejora respecto a la situaci\u00f3n actual.<\/p>\n<p><strong>3. Actualizaci\u00f3n de los tramos de las escalas del impuesto<\/strong><\/p>\n<p>Se actualizan los tramos de las escalas otorgando mayor progresividad al impuesto.<\/p>\n<p>Se incrementan los tramos de las escalas entre un 186% y un 443% respecto a las escalas actualmente vigentes del impuesto a las ganancias:<\/p>\n<figure class=\"vsmimage\" contenteditable=\"false\"><img decoding=\"async\" id=\"imgv62168v16\" src=\"https:\/\/www.agrolatam.com\/files\/image\/55\/55022\/6680311c460a6_724_316!.jpg?s=700e3f3a1eb1e549bbb6a5a2117425d0&amp;d=1719677213\" width=\"724\" height=\"316\" data-vsmid=\"55022\" data-owidth=\"1280\" data-oheight=\"561\" \/><\/figure>\n<p><strong>4. El mecanismo de actualizaci\u00f3n de las deducciones personales y de las escalas del impuesto<\/strong><\/p>\n<p>El paquete fiscal establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustar\u00e1n semestralmente, a partir de 2025, en los meses de enero y julio por la variaci\u00f3n del IPC (\u00cdndice de Precios al Consumidor) elaborado por el INDEC correspondiente al semestre calendario que finalice en el mes inmediato anterior al de la actualizaci\u00f3n que se realice.<\/p>\n<p>Excepcionalmente, en el mes de septiembre de 2024, se ajustar\u00e1n las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto por la variaci\u00f3n del IPC correspondiente a los meses de junio a agosto 2024, inclusive.<\/p>\n<p>Por otro lado, se faculta al Poder Ejecutivo a incrementar las mismas por el per\u00edodo fiscal 2024 exclusivamente.<\/p>\n<p>Si bien es positivo incorporar como mecanismo de actualizaci\u00f3n la variaci\u00f3n del IPC dejando de lado la variaci\u00f3n del RIPTE (Remuneraci\u00f3n Imponible de los Trabajadores Estables), la actualizaci\u00f3n deber\u00eda realizarse en forma trimestral por la variaci\u00f3n del IPC con una cl\u00e1usula gatillo que establezca que si la inflaci\u00f3n acumulada en el trimestre es del 20% o m\u00e1s, se adelante la misma al momento en que se produzca esa situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con la facultad al Poder Ejecutivo para incrementar las deducciones, el problema es que es algo que pasa a ser discrecional y sujeto a la voluntad pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Respecto a las retenciones efectuadas durante el primer semestre de cada a\u00f1o, el paquete fiscal establece que se ajustar\u00e1n conforme al procedimiento que, a esos efectos, determine el Poder Ejecutivo nacional, debiendo la Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos establecer las modalidades y plazos para la devoluci\u00f3n de las sumas retenidas en exceso, en caso de corresponder.<\/p>\n<p><strong>5. Eliminaci\u00f3n de exenciones, deducciones y otros<\/strong><\/p>\n<p>Se eliminan exenciones para el aguinaldo, para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas ordinarias por los servicios prestados en d\u00edas feriados, inh\u00e1biles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, t\u00e9cnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.<\/p>\n<p>Se eliminan deducciones por gastos de movilidad, vi\u00e1ticos y otras compensaciones an\u00e1logas, por material did\u00e1ctico que se paga a docentes, entre otras.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se elimina el tratamiento diferencial que dispone que a las horas extras se les aplica la al\u00edcuota del impuesto a las ganancias que corresponda antes de considerar las mismas como renta.<\/p>\n<p>Se elimina la obligaci\u00f3n de adicionar a la renta mensual de empleados y jubilados una doceava parte de las remuneraciones, situaci\u00f3n que genera en la actualidad el adelantamiento de la retenci\u00f3n correspondiente al futuro aguinaldo.<\/p>\n<p><strong>6. Soluci\u00f3n a las deudas del impuesto a las ganancias de 2023<\/strong><\/p>\n<p>En 2023, el Gobierno anterior tom\u00f3 medidas por Decreto para incrementar las escalas del impuesto a las ganancias a los fines del r\u00e9gimen de retenci\u00f3n del impuesto a las ganancias para empleados y jubilados.<\/p>\n<p>Dado que la Ley contiene otras escalas, en muchos casos, se hab\u00eda generado una deuda por el impuesto no retenido.<\/p>\n<p>El paquete fiscal aprueba la escala del impuesto para 2023 actualizada y ratifica las medidas tomadas por el Gobierno anterior a trav\u00e9s del Decreto 473\/2023 y normas vinculadas.<\/p>\n<p>Este Decreto fue el que estableci\u00f3 el piso de ganancias en 15 salarios m\u00ednimos vitales y m\u00f3viles para octubre a diciembre 2023.<\/p>\n<p>De esta forma se resuelve el problema que hab\u00eda generado el Gobierno anterior.<\/p>\n<p><strong>7. Sueldos a partir de los cuales se comienza a tributar ganancias<\/strong><\/p>\n<p>Es importante recordar que los descuentos obligatorios (de jubilaci\u00f3n, obra social y ley 19.032) que se efect\u00faan sobre las remuneraciones est\u00e1n sujetos a topes que se definen mensualmente.<\/p>\n<p>Para el mes de junio de 2024, la base imponible tope es de $ 2.265.033,81.<\/p>\n<p>Tomaremos ese par\u00e1metro para las realizaci\u00f3n de las estimaciones del impuesto a las ganancias considerando que la ley se podr\u00eda publicar en el Bolet\u00edn Oficial dentro del mes de junio de 2024<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, detallamos tres casos de remuneraciones hasta las cuales no se tributar\u00e1 impuesto a las ganancias.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>Empleado<\/strong><\/td>\n<td><strong>Remuneraci\u00f3n Bruta<\/strong><\/td>\n<td><strong>Remuneraci\u00f3n Neta<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Soltero<\/td>\n<td>1.800.000,00<\/td>\n<td>1.494.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Soltero con 2 hijos<\/td>\n<td>2.094.798,00<\/td>\n<td>1.738.682,34<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Casado con 2 hijos<\/td>\n<td>2.366.333,00<\/td>\n<td>1.981.277,25<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>A continuaci\u00f3n, detallamos escenarios de retenciones de ganancias mensuales para empleados solteros, solteros con dos hijos y casados con dos hijos que solamente deduzcan los aportes obligatorios de jubilaci\u00f3n, obra social y ley 19.032 con el tope vigente para el mes de junio 2024:<\/p>\n<figure class=\"vsmimage\" contenteditable=\"false\"><img decoding=\"async\" id=\"imgv62168v17\" src=\"https:\/\/www.agrolatam.com\/files\/image\/55\/55023\/6680316953f48_724_500!.jpg?s=4df722f45f68c06e442526e4c122c9d4&amp;d=1719677290\" width=\"724\" height=\"500\" data-vsmid=\"55023\" data-owidth=\"1041\" data-oheight=\"720\" \/><\/figure>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de cu\u00e1ndo se empieza a pagar, cu\u00e1nto se incrementaron las deducciones, c\u00f3mo se<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":24468,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[20],"tags":[],"class_list":["post-24466","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/24466","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=24466"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/24466\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":24469,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/24466\/revisions\/24469"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/24468"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=24466"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=24466"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/informeagropecuario.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=24466"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}