Solo el Estado podrá utilizar la frase “semilla fiscalizada” en los envases de estos insumos

Solo el Estado podrá utilizar la frase “semilla fiscalizada” en los envases de estos insumos

La Resolución 306/2025 del Instituto Nacional de Semillas (INASE), que establece la exclusividad del uso de la frase “semilla fiscalizada” en el etiquetado de semillas, se apoya en una serie de argumentos sólidos para justificar la medida.

Según los fundamentos expuestos en la norma, el principal motivo es la confianza que el productor agrícola ha depositado en la diferenciación clara y legítima entre las distintas clases de semillas.

“El productor reconoce hoy en día la diferencia entre una semilla de Clase Identificada y otra de Clase Fiscalizada, y con ello el mayor valor y productividad de esta última a partir de su confianza en el rotulado del envase y en los controles que este Instituto Nacional”, señala el texto oficial.

Esto implica que la frase “semilla fiscalizada” no es un simple término comercial, sino un sello de garantía legal y técnica que respalda la calidad, trazabilidad y aptitud para la comercialización de la semilla. Al reservar la propiedad de esta expresión, el Estado Nacional busca proteger esa confianza del productor, evitar usos indebidos o confusos en el mercado y asegurar que sólo las semillas que cumplan rigurosamente con la normativa puedan ser identificadas como tales.

Además, la medida contribuye a mantener la transparencia en la cadena de comercialización, evitando prácticas engañosas y promoviendo la competencia justa entre los actores del sector. El control exclusivo del INASE sobre esta denominación busca preservar el valor económico y técnico que el término representa para el sector productivo y para la seguridad alimentaria nacional.