Entre Ríos: la Justicia restableció las reglas para el uso de fitosanitarios
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dejó sin efecto una sentencia de primera instancia que había impuesto mayores distancias para las aplicaciones de fitosanitarios en zonas rurales del departamento Diamante.
La resolución rechazó dos acciones de amparo ambiental y restituyó la vigencia de la Ley Provincial 11.178, que establece las condiciones para el uso responsable de estos productos.
La sentencia de primera instancia había prohibido las pulverizaciones terrestres a menos de 1.095 metros de áreas sensibles y las aplicaciones aéreas dentro de 3.000 metros. El máximo tribunal consideró que esas restricciones se habían establecido sin declarar la inconstitucionalidad de la ley vigente y sin que se acreditaran incumplimientos concretos por parte de los productores involucrados.
El fallo ratifica así el marco legal provincial, que contempla zonas de resguardo, recetas agronómicas, registros, controles y sanciones.
Desde el Gobierno entrerriano destacaron que la decisión aporta previsibilidad al sector productivo, aunque remarcaron que continúan vigentes las obligaciones ambientales y los controles sobre las aplicaciones de fitosanitarios.
