El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) extremó a partir de este martes, mediante el dictado de la resolución 230/2023, los controles sobre el movimiento de gallinas y pollos en el país, al extremo de llegar a prohibir la venta de ejemplares de esas y otras especies de aves en las agronomías, veterinarias o forrajerías.
“Se prohíbe el movimiento de aves vivas de las especies domésticas (gallinas, gallos, pollos, pavos, gallinetas, faisanes, codornices, patos y gansos) hacia establecimientos registrados en el Senasa bajo la actividad ‘comercio agropecuario – venta minorista de animales’ para su distribución o venta”, dice la nueva normativa del organismo sanitario, que dicta una serie de “medidas sanitarias de emergencia” para frenar el avance de la Influenza Aviar Altamente Patógena H5.
La medida es de aplicación en todo el territorio nacional e implica que ya no se podrán comercializar aves desde comercios minoristas, que usualmente luego terminan en gallineros caseros o de traspatio. Este es uno de los puntos críticos de las tareas de control, ya que la mayoría de casos de la gripe aviar se dan en este tipo de establecimientos.
El parate será total, pues también se estableció “la prohibición de movimiento de aves entre establecimientos”. Es decir que no se podrá trasladar una gallina o pollo desde un gallinero al otro.
“Ante la falta de la documentación sanitaria que ampara el movimiento de aves vivas por cualquier motivo y/o finalidad, se realizará su intervención en cumplimiento de la normativa vigente para tal fin, pudiendo procederse al decomiso inmediato”, aclaró el organismo.
Adicionalmente la resolución del Senasa ratifica que se prohíbe hasta nuevo aviso “la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves de las especies domésticas por cualquier motivo y finalidad”. Esto equivale a decir que por los próximos meses se deberán suspender los concursos de los criadores de aves de raza o las exposiciones, incluyendo el pabellón de aves en la Exposición de Palermo de la Sociedad Rural Argentina, a mediados de año.
La nueva normativa, que refuerza resoluciones anteriores, también establece medidas extraordinarias para la autorización de ingreso de genética aviar al país, cualquiera sea el país de origen de las aves.
“Los ingresos de genética aviar (aves de un día y/o huevos fértiles) deberán realizarse por vía aérea. En caso de utilizar la vía terrestre se deberá realizar el trasbordo de la remesa en el punto de ingreso, bajo control oficial, a un vehículo lavado y desinfectado en el Territorio Nacional, o bien proceder a la desinfección del vehículo bajo supervisión oficial en el punto de ingreso con desinfectantes aprobados por el Senasa”, se indicó.
Además “el responsable de la operatoria deberá presentar un itinerario a Senasa para su autorización, previo al ingreso del material genético al país”, considerando siempre las menores distancias posibles.
Otro extremo de precauciones es que los vehículos que ingresen esa genética “deberá contar con seguimiento satelital durante todo el recorrido dentro de la Argentina”, y luego de la descarga deberá ser sometido a un riguroso proceso de lavado y desinfección.
Por otro lado, y en el caso de que aparezcan nuevos casos de IA en parques naturales o reservas, “se establecerán las medidas sanitarias necesarias que permitan minimizar la dispersión de la enfermedad”, incluyendo la prohibición de actividades de caza de patos y otras especies.
“Se solicita a las autoridades de fauna provinciales que se arbitren los medios necesarios para reducir la difusión del virus de IAAP a través de la fauna silvestre, en aquellas actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza de las especies más susceptibles en zonas de alta concentración de granjas de producción avícola”, reclamó Senasa a las provincias.